Con relación al Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular del 14 de junio de 2010, por el que se aprueba la aplicación del R.D. Ley 8/2010 en el Cabildo Insular de Tenerife, en sus OO.AA., Órgano Especial de Gestión y Entidad Pública Empresarial, creemos necesario aclarar lo siguiente:
- Que en la Mesa de Negociación de 3 de junio de 2010 se negoció exclusivamente la aplicación del referido R.D. Ley al personal funcionario, personal laboral y personal de convenios y proyectos.
- Que la aplicación de este R.D. Ley al personal eventual o de confianza de la Corporación, consejeros y altos cargos no electos no es objeto de negociación en la citada Mesa de Negociación, sino que es una competencia y propuesta propia del Consejo de Gobierno.






