REFORMA LABORAL
El 28 de junio de 2012 en el Congreso de
los Diputados se aprobó la Reforma Laboral, una reforma que abarata el
despido de manera significativa, es un ataque a la libertad sindical y
se carga el modelo de las relaciones laborales. Desde el punto de vista
de los empleados públicos tras su paso por el Senado se incorpora a la
Disposición Adicional Segunda (aplicación del despido por causas
económicas, técnicas, organizativas o de producción en el Sector
Público) que tendrá prioridad de permanencia el personal laboral fijo
que hubiera adquirido esta condición, de acuerdo con los principios de
igualdad, mérito y capacidad, a través de un procedimiento selectivo de
ingreso convocado al efecto, cuando así lo establezcan los entes,
organismos y entidades a que se refiere el párrafo anterior.»
HORARIO DE VERANO
El 1 de julio de 2012 ha entrado en
vigor la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2012 establece en la disposición adicional
septuagésima primera la jornada general del trabajo en el Sector
Público. En su artículo uno recoge que a partir de la entrada en vigor
de esta Ley la jornada general de trabajo del Sector Público no podría
ser inferior a treinta y siete horas semanales de trabajo efectivo de
promedio en cómputo anual. Esta disposición ha levantado una
controversia porque establece que es básica para todas las
administraciones, y porque ha habido algunas entidades locales como el
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria que eliminó la jornada
reducida de verano sin negociación con los representantes de los
trabajadores. Para nuestro consuelo en el ámbito de la Administración de
la Comunidad Autónoma el Director de la Función Pública que en la
Comunidad se seguía aplicando la reducción de una hora de trabajo en
verano porque existen otras fórmulas de compensación con el cómputo
global anual de horas trabajadas y se ha aplicado.
REDUCCIÓN DE LOS SALARIOS
El Gobierno Regional de Canarias, a
través del Consejero de Presidencia ha afirmado que la reducción
salarial del 5% a los empleados públicos, recogida en la Ley de Medidas
Administrativas y Fiscales, no se aplicará porque el recorte que
realizará el Estado es mayor. Hay que recordar que este recorte está
contemplado en el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio de medidas
para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la
competitividad, donde recoge la supresión de la paga extraordinaria de
navidad del 2012.
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